REGLAMENTO, REQUISITOS, CONDICIONES Y RESTRICCIONES DE LA PROMOCIÓN “¡QUÉ VIVAN LAS FIESTAS CON LA COOPE!”

Nombre de la promoción: “¡QUÉ VIVAN LAS FIESTAS CON LA COOPE!”

1. Calidades de la empresa organizadora de la promoción: la promoción es propiedad intelectual exclusiva de COOPERATIVA AGROPECUARIA INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS MÚLTIPLES DE ATENAS R.L., cédula de persona jurídica número TRES-CERO CERO CUATRO - CERO CUATRO CINCO MIL UNO, siglas: COOPEATENAS R.L., con oficinas contiguo a Estación de Servicios La COOPE, planta alta del antiguo supermercado La COOPE, Atenas, Alajuela, según consta en los libros que al efecto lleva el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en adelante denominada la empresa organizadora de la promoción, PATROCINADORA y/o COOPEATENAS.

Este Reglamento delimita, aclara y establece las condiciones y términos bajo los cuales se regirá esta promoción patrocinada por COOPEATENAS. Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio para los participantes y COOPEATENAS. La participación en la promoción implica la decisión del consumidor de obligarse por estas reglas y por las decisiones de COOPEATENAS de la promoción, las cuales tendrán carácter definitivo en todos los asuntos relacionados a la promoción y son inapelables. Cualquier violación a las mismas o a los procedimientos o sistemas establecidos para la promoción, implicará su suspensión o modificación, la inmediata exclusión de la misma, la eventual revocación y no aplicación del premio. Toda persona que desee participar en la promoción o reclamar un premio, deberá tener conocimiento de este Reglamento, ya que el reclamo, la aceptación y el recibo de un premio, conlleva la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones y la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los premios. Por lo anterior y para todos los efectos legales, se entenderá que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese conocimiento se verificará por el solo hecho de participar en la promoción y eventualmente de reclamar el premio de la promoción, en cuyo caso se podrá exigir al interesado que, mediante documento escrito, manifieste dicha declaración y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del reglamento. Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, COOPEATENAS no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de entregar el premio.

2. Lugar físico donde se implementará la promoción: esta promoción es implementada a partir de la fecha de inicio estipulada en este Reglamento, en los cinco puntos comerciales de COOPEATENAS, los cuales se deberán de identificar como áreas independientes para seguir la mecánica de la promoción, que se establece en el Reglamento. Dichos puntos comerciales son: 1- Estación de Servicio o Gasolinera; 2- Centro Automotriz, 3- Almacén de Suministros Agrícolas, 4- Supermercado, y 5- Minisúper y Licorera. Participan en esta promoción únicamente los puntos comerciales indicados e identificados con el material publicitario alusivo a la promoción. No formarán parte de la promoción otros puntos comerciales; únicamente los indicados en este punto 2.

El otorgamiento de cualesquiera de los premios estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este Reglamento. COOPEATENAS se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los premios otorgados a aquellos participantes que, directa o indirectamente, incumplan las normas y condiciones aquí establecidas.

3. Calidades de los participantes:

a)            ¿Quién o quiénes tienen derecho a participar?: La presente es una promoción de COOPEATENAS dirigida al público en general, es decir, es una promoción de carácter masiva, dirigida a todas las personas mayores de edad, o personas jurídicas que compren en los puntos comerciales indicados en este Reglamento y cumplan los requisitos de este Reglamento. Además, podrán participar los asociados, colaboradores de COOPEATENAS y sus familiares, en su calidad de clientes directos, que no formen parte de los departamentos con restricción estipulados en este Reglamento. En esta promoción solo podrán participar personas mayores de edad, quienes, de resultar ganadoras, deberán presentar un documento de identidad válido y vigente, reconocido por las leyes de Costa Rica, tales como: cédula de identidad, pasaporte o Documento de Identidad Migratorio para Extranjeros (DIMEX). En el caso de que la compra se registre a un número de asociado, y, por ende, el cupón se registre a nombre de ese asociado de COOPEATENAS, pero el participante real sea otra persona, se anunciará como ganador oficial al asociado que aparece en el registro del cupón. Para hacer efectivo el premio, esta persona deberá presentar una carta de autorización hecha y firmada por el asociado, donde indique que autoriza a esa persona a retirar el certificado y a hacer la compra en su nombre. Solo así será efectiva la entrega del premio. La carta debe tener nombre completo, número de cédula y copia de la cédula de ambas personas. Cualquier alteración del cupón que no sea legible o esté incompleto, descalificará como participante el cupón.

b)            ¿Quién o quiénes no pueden participar?: No podrán participar en esta promoción los encargados de los siguientes departamentos de COOPEATENAS: Gerencia, Sub-Gerencia, Mercadeo y Administración de Supermercado, Administración de Estación de Servicio, Administración de Centro Automotriz, Administración de Almacén de Suministros, Administración de Minisúper y Licorera, departamento de Informática e involucrados directamente con la promoción. Podrán participar sus familiares en su calidad de clientes directos.

c)            Información del participante: Los participantes estarán obligados a brindar información veraz y exacta y garantizan que los datos que aportan son suficientes para ser identificados. COOPEATENAS confiará en dicha información para todos los efectos de la promoción. Cualquier imprecisión que impida identificar al participante implicará su descalificación. Igual consecuencia tendrá el hecho de proporcionar información falsa, incompleta o inexacta. Cualquier comunicación relacionada con la promoción se hará según los datos consignados en el cupón participante, los cuales pueden ser actualizados por el participante cuando lo desee. Al incluir sus datos, el participante manifiesta y garantiza que cuenta con autorización suficiente para participar a título personal y disfrutar el premio. Los participantes serán los responsables de confirmar que su información se encuentre debidamente registrada en COOPEATENAS. Cualquier imprecisión que impida identificar al participante implicará su descalificación. Cualquier disputa del participante con terceros en cuanto a la titularidad del premio se refiere, será un asunto ajeno a COOPEATENAS, independientemente del origen o causa de la adquisición del producto, o de cualquier otro aspecto relacionado con esa o con cualquier otra transacción en la que el participante esté involucrado. Todo participante que deposite un cupón, para participar en la Promoción, acepta entender y someterse en todos sus extremos al presente Reglamento. Asimismo, es obligación de cada participante leer e informarse acerca del contenido del presente Reglamento que será publicado en los puntos comerciales de COOPEATENAS, en el FACEBOOK de cada punto comercial, y en el sitio web de COOPEATENAS, y acepta someterse a las decisiones de COOPEATENAS en cualquier asunto relacionado con la Promoción.

4.  Premios: En la presente promoción se otorgarán 244 (DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO) premios fijos, los cuales consisten en:

SORTEOS SEMANALES

216 (DOSCIENTOS DIECISÉIS) órdenes de compra individuales en total, por ¢100.000,00 (CIEN MIL COLONES) cada una, distribuidas de la siguiente forma:

·               216 (DOSCIENTOS DIECISÉIS) en el área comercial de COOPEATENAS de preferencia del ganador (a), por ¢100.000,00 (CIEN MIL COLONES) cada una, sorteándose 18 (DIECIOCHO) órdenes de compra individuales, por semana, por 12 semanas, para 18 (DIECIOCHO) ganadores individuales, de acuerdo con el cronograma indicado en este Reglamento, distribuidas de la siguiente manera:

1.             Supermercado: 10 (DIEZ) órdenes de compra individuales, por ¢100.000,00 (CIEN MIL COLONES) cada una.

2.             Gasolinera: 4 (CUATRO) órdenes de compra individuales, por ¢100.000,00 (CIEN MIL COLONES) cada una.

3.             Suministros Agrícolas: 2 (DOS) órdenes de compra individuales, por ¢100.000,00 (CIEN MIL COLONES) cada una.

4.             Mini súper & Licorera: 1 (UNA) orden de compra individual, por ¢100.000,00 (CIEN MIL COLONES).

5.              Centro Automotriz: 1 (UNA) orden de compra individual, por ¢100.000,00 (CIEN MIL COLONES).

SORTEOS MENSUALES

28 (VEINTIOCHO) premios individuales para 28 (VEINTIOCHO) ganadores individuales que se sortearán de acuerdo con el cronograma indicado en este Reglamento, distribuidas de la siguiente manera:

1.    MES DE SETIEMBRE: 7 (SIETE)ganadores de premios de 250,000,00  (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES) en efectivo, cada uno, para siete ganadores diferentes.

2.    MES DE OCTUBRE: 7 (SIETE) ganadores de premios de 500,000,00  (QUINIENTOS MIL COLONES) en efectivo, cada uno, para siete ganadores diferentes.

3.    MES DE NOVIEMBRE: 7 (SIETE) ganadores de premios de 250,000,00   (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES) en efectivo, cada uno, para siete ganadores diferentes.

4.    MES DE DICIEMBRE: 7 (SIETE) ganadores de 1,000,000,00   (UN MILLÓN DE COLONES) en efectivo, cada uno, para siete ganadores diferentes.

Para ser acreedor de un premio, los participantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento, además:

a)            El ganador aceptará el premio en las condiciones y con las características que se le entreguen. Una vez entregado, COOPEATENAS no será responsable por ningún costo asociado con el mismo.

b)            Los premios serán de carácter intransferible, según se establece en el presente Reglamento, tampoco se podrán cambiar, excepto por la decisión de COOPEATENAS.

c)            Reclamo del premio: Para reclamar el premio, el ganador potencial deberá presentarse al lugar al que COOPEATENAS lo citará y portar su cédula de identidad o cualquier otro documento oficial que acredite su identidad, así como cumplir con los requisitos establecidos en este Reglamento. En caso de que el ganador sea una persona jurídica, el premio se entregará a su representante legal, para lo cual deberá de presentar una certificación actualizada de la entidad a la que representan, la cual deberá de ser extendida por el Registro Nacional o notario público, con no más de una semana de expedida.

d)            Fecha límite para reclamar el premio: Después de que su nombre sea publicado conforme a lo indicado en este Reglamento, cada ganador potencial dispone de 15 días hábiles para contactar a COOPEATENAS y reclamar su premio. Una vez vencido este plazo no tendrá derecho a reclamarlo ni pretender indemnización alguna. La entrega del premio será en el lugar y fecha que le indique COOPEATENAS.

e)            Vigencia Órdenes de Compra: Después de entregarse la orden de compra, el ganador tendrá un mes natural para hacerla efectiva y se indicará la fecha de expiración. Una vez vencido este plazo, la orden no podrá ser reclamada, ni pretenderse indemnización alguna.

f)              Canje Órdenes de Compra: El canje de la orden de compra deberá ser realizado en una única compra, en el punto comercial de preferencia del ganador, no se podrá dividir el canje en puntos comerciales distintos, deberá ser realizado personalmente por el ganador, con su cédula o documento de identidad y el certificado de la orden de compra. Los precios de los productos serán los ordinarios, no siendo posible aplicar con otras promociones, ni aplicar el precio de feria que promociona COOPEATENAS.

g)   Será responsabilidad del ganador (a) cualquier gasto necesario para retirar o hacer efectivos los mismos, por lo que el traslado, instalación y mantenimiento de alguno de los premios son responsabilidad del ganador (a).

5. Logística o mecánica de la promoción: Por cada ¢10.000,00 (DIEZ MIL COLONES) de compra en cada punto comercial, sea el Supermercado, Minisúper y Licorera, Almacén de Suministros Agrícolas, Centro Automotriz, o Estación de Servicio, el consumidor recibirá un cupón identificado con cada punto comercial, en el cual se deberá indicar nombre completo, número de documento de identidad, y número de teléfono, y debe depositarlo en el buzón identificado para esta promoción en cada punto comercial, para participar en los sorteos semanales y en el sorteo final. Participan los cupones identificados con cada punto comercial, no participarán los cupones de diferentes puntos comerciales.

Las órdenes de compra pueden canjearse en el punto comercial de preferencia del ganador.

En caso de la estación de servicio, únicamente, el cliente con motocicleta o cuadraciclo, puede acumular facturas (hasta 3 facturas), para que cuando complete los ¢10.000,00 (DIEZ MIL COLONES), pueda canjear su cupón. No se permite la acumulación de facturas para carros y otros, y el canje debe realizarlo el cliente directamente en el área administrativa de la estación de servicio en horario de oficinas.

Si el cliente desea canjear su premio en la Estación de Servicio, puede solicitar que se le distribuya la orden de ¢100.000,00 en 5 órdenes de ¢20.000,00 colones cada una para canjearlas en días diferentes.

Los cupones del sistema ALVIC (para compras internas de COOPEATENAS) serán retenidos por la administración y no tendrán participación alguna.

Además, las compras generadas por órdenes de compra obtenidas como premios de la promoción no generan cupones.

7. Plazos de la Promoción: Esta promoción estará regida por los siguientes plazos:

a)            Plazo para participar en los sorteos semanales:

SORTEOS SEMANALES

El plazo de participación inicia el día miércoles 13 de setiembre del 2023 y finaliza el día miércoles 27 de diciembre del 2023, a la hora que se realice el sorteo.   

Se realizará un sorteo semanal de órdenes de compra todos los miércoles del 20 de setiembre del 2023 y al 27 de diciembre del 2023, a excepción de los miércoles que haya sorteo mensual. COOPEATENAS podrá cambiar la fecha de los sorteos por razones de ajenas a su control u oportunidad, pero este cambio no modifica el plazo para participar en la promoción, para no afectar las probabilidades de ganar.

Los sorteos se regirán de acuerdo con el siguiente calendario:

b)            Plazo para participar en los PREMIOS MENSUALES:

El plazo de participación inicia el día miércoles 13 de setiembre del 2023 y finaliza el día miércoles 03 de enero del 2024. El último sorteo mensual se realizará el 04 de enero del 2024

Los sorteos se regirán de acuerdo con el siguiente calendario:

c)   Anuncio de los ganadores: Los ganadores de las órdenes de compra semanales y los premios mensuales se anunciarán al público en los siete días siguientes al sorteo en cada punto comercial y en la página de Facebook de cada punto comercial. Los participantes quedan entendidos que el COOPEATENAS no tendrá obligación alguna de realizar ningún tipo de investigación exhaustiva o adicional para lograr la localización de algún participante que hubiere resultado favorecido y que no pudiese ser contactado, ya que es deber de todo participante mantener al día sus datos personales en la base de datos que posee COOPEATENAS. En caso de que se cumpla el plazo establecido para reclamar el premio, y no se haya podido localizar al favorecido, caducará su premio y se le entregará al suplente correspondiente. En caso de que no pueda localizarse tampoco al suplente durante ese mismo plazo, COOPEATENAS no tendrá obligación de entregar el premio y podrá disponer de él de conformidad con sus intereses. Si no pudiere ser contactado el favorecido, así como tampoco pudiere ser contactado el suplente, el o los premios no pudiesen ser entregados o acreditados, COOPEATENAS podrá disponer del premio según su criterio.

d)   Fecha límite para acreditarse como ganador del premio: En el caso de las órdenes de compra semanales y los premios mensuales, después de que su nombre sea publicado conforme a lo indicado en este Reglamento, el ganador potencial dispone de 15 días hábiles para contactar a COOPEATENAS y reclamar su premio. Una vez vencido este plazo no tendrá derecho a reclamarlo ni pretender indemnización alguna.

8. Selección de los ganadores: La selección de los ganadores de la presente promoción, según se establece en este Reglamento, se realizará mediante sorteos semanales. Los cupones están depositados en los buzones identificados en cada punto comercial, con la publicidad de la promoción, el día del sorteo se procederá abrir los buzones correspondientes, para dar inicio con el sorteo, se procederá a revolver los cupones, y se escogerá al azar los cupones que contendrán a los ganadores de cada sorteo. Para realizar el sorteo y determinar los ganadores, en cada sorteo uno o varios clientes designados al azar, el día del sorteo, procederán a revolver los cupones que haya en ese momento y sacará el o los cupones que contendrán a los ganadores. Dichos cupones serán revisados por el (la) Notario(a) Público (a) y dé fe que el cupón se ha llenado de manera completa, es decir con la información solicitada y que sean legibles los datos. Se considerará ganador el cupón cuya información venga completa y legible. Únicamente participarán los cupones entregados por COOPEATENAS. Los sorteos se realizarán en presencia de un (a) Notario (a) Público (a). COOPEATENAS podrá modificar la fecha de los sorteos por razones de conveniencia u oportunidad, pero este cambio no modifica el plazo de participar en la promoción, para no afectar las probabilidades de ganar. Los cupones que no fueron favorecidos en los sorteos semanales no son acumulativos, es decir, no participan en sorteos de otras semanas. Los cupones de todos los puntos comerciales que no fueron favorecidos en los sorteos semanales son acumulativos por mes para el sorteo mensual correspondiente, no son acumulativos para otros meses, es decir, no participan en sorteos de otros meses. Al momento del sorteo estará presente un (a) Notario (a) Público (a), designado por los organizadores, quien levantará un acta haciendo constar la identidad de los ganadores. La cantidad de compras realizadas por el participante determinará la cantidad de veces que podrá participar en esta promoción. En el caso de las órdenes de compra, una persona podrá salir favorecida una única vez en un mismo sorteo por punto comercial, sin embargo, si sale favorecida en diferentes puntos comerciales, sí podrá disfrutar del premio correspondiente. El ganador potencial estará sujeto a verificación por parte de COOPEATENAS en cuanto a las condiciones de la promoción y sus datos personales. Ningún participante deberá considerarse como ganador hasta tanto no se verifique la elegibilidad del participante, la veracidad de la información brindada, y el cumplimiento de los demás requisitos de este reglamento.

9. Para prever el caso que un ganador potencial no cumpla con algún requisito de la promoción, o que por alguna razón deba retirársele el premio antes de disfrutarlo, COOPEATENAS elegirá el día del sorteo a un suplente. El orden de las suplencias será el mismo en que fueron seleccionadas, y el nombre de los suplentes no se hará público a menos que sea necesario darles un premio. La suplencia no genera ningún otro tipo de derecho más que el indicado en esta cláusula.

10. Aspectos Generales de la Promoción: 

a)            Al participar en esta promoción el público en general o consumidor final, acepta todas las condiciones y reconocen las decisiones, que COOPEATENAS establezca, por tanto, estas tendrán carácter de definitivas e inapelables, siempre y cuando estas no resulten abusivas, ni infundadas, ni perjudiquen dolosamente el derecho de los concursantes.

b)            Si por algún motivo existiera alguna controversia relacionada con la identidad de un concursante durante la vigencia de la promoción, este podrá ser excluido de la misma, por parte de COOPEATENAS.

c)             Es potestad exclusiva de COOPEATENAS descalificar a cualquier concursante que de manera desleal o deshonesta o por cualquier motivo quiera interferir indebidamente en el proceso de la promoción.

d)            COOPEATENAS se reserva el derecho a pronunciarse sobre cualquier situación o circunstancia que no esté expresamente contemplada en el presente Reglamento. Si por alguna causa motivada por caso fortuito o fuerza mayor, o hechos de terceros, tales como desastres naturales, guerras, pandemias, huelgas o disturbios, la promoción tuviese que ser cancelada, COOPEATENAS tendrá como única responsabilidad la de informar de esta situación a todos los participantes, mediante la publicación de comunicados que se distribuirán en los puntos comerciales, y en el Facebook de cada punto comercial.

e)            Los participantes en esta promoción aceptan liberar a COOPEATENAS, y a su proveedor de publicidad, funcionarios, ejecutivos, directores, agentes o representantes de COOPEATENAS, de todo tipo de responsabilidad legal, obligación futura o demanda, por cualquier clase de pérdidas o daños a personas o propiedad, relacionadas con la inscripción en la promoción o durante el disfrute del premio.

f)              Al participar en esta promoción, los ganadores autorizan de forma absolutamente gratuita a COOPEATENAS, para el uso de su nombre, documento de identidad, domicilio (provincia, cantón, distrito, y país), edad, voz, fotografía, imagen, entrevistas grabadas, respecto a su condición como ganador de la promoción, sin derecho a aviso previo, retribución o contraprestación alguna. Esta autorización no implicará deber alguno de remunerar o compensar al participante. Relación entre las partes: Ninguna disposición de la presente promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio.

g)            Ningún participante o ganador de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de COOPEATENAS. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.

h)            En la publicidad de la presente promoción se ha consignado la frase: “Aplican restricciones”, en señal de que la participación de los interesados, así como la propia promoción y los premios a entregar, están sujetos a las condiciones y limitaciones que se indican en este Reglamento.

i)              Responsabilidad de COOPEATENAS: La responsabilidad de COOPEATENAS culmina con la entrega de los premios, por lo que COOPEATENAS no será responsable por accidentes, fallecimientos, daños personales o de terceros, enfermedades o gastos médicos en los que puedan ocurrir por el uso o disfrute de los premios.

j)              Responsabilidad de los ganadores: el ganador (a), favorecido (a) con algún premio deberá hacerse cargo de facilitar la efectiva entrega del mismo, COOPEATENAS no se hace responsable de la posibilidad física o legal de los favorecidos para hacer valer su premio. También, será responsabilidad exclusiva del ganador (a) el uso y disfrute de éste, desde el momento mismo en que entre en posesión. Por lo tanto, excluye a COOPEATENAS de cualquier inconveniente o problema que se le pueda presentar por el uso que del mismo haga, sea él o una tercera persona, ni por los daños que se puedan ocasionar.

k)            Los ganadores relevan de toda responsabilidad a COOPEATENAS de cualquier daño que, sobre las personas o cosas, se pudieren ocasionar por el uso de cualquiera de los premios.

l)              Será responsabilidad del ganador (a) cualquier gasto necesario para retirar o hacer efectivos los mismos.

m)          El acto de retirar el premio como se describe en este reglamento hará presumir que los y las participantes, conocen de la existencia de las restricciones, condiciones y limitaciones de la promoción, el premio y la participación para todos los efectos jurídicos consecuentes.

n)             La actual promoción se regula mediante el presente reglamento; siendo que para resolver cualquier diferencia relacionada con la misma se aplicarán las condiciones, limitaciones, mecánica y restricciones establecidas en el presente reglamento.

o)   Responsabilidad general: COOPEATENAS se responsabiliza únicamente por la entrega de los premios con las características señaladas anteriormente. El favorecido o favorecida aceptará el premio que se otorgará, no pudiendo hacer reclamos de ningún tipo, cambios posteriores, ni exigir mejorías en el mismo. De la misma forma, COOPEATENAS, no asumirá, en ninguna circunstancia, responsabilidad alguna por situaciones o eventualidades no previstas dentro del presente reglamento, lo anterior de conformidad con lo establecido dentro del artículo 37 de la Ley de la Promoción de la Competencia y Protección del Consumidor Número 7472 de la República de Costa Rica y el Reglamento a la Ley citada.

p)   Para todos los efectos legales, queda autorizado COOPEATENAS para poder reprogramar, cambiar las características o especificaciones de la mecánica, de los premios ofrecidos en esta promoción o de los plazos, así como adicionar, modificar y mejorar tanto la mecánica como las demás condiciones y restricciones establecidas en el presente reglamento, a fin de mejorar la participación de los clientes, de acuerdo con la evolución y resultado de la presente promoción. En caso de ser necesario, se procedería a realizar una nueva publicación del mismo, en donde consten dichas modificaciones, aclaraciones, adiciones, etc.

q)   Ninguna persona podrá interpretar o modificar el presente reglamento si no es con la autorización previa y expresa por parte de COOPEATENAS. Por consiguiente, cualquier asunto que se presente con respecto a este reglamento, será resuelto por COOPEATENAS, en estricto apego a las leyes, usos y costumbres de la República de Costa Rica.

r)     Los participantes de la presente promoción tienen por entendido que este reglamento se basa en el Ordenamiento Jurídico Costarricense; sin embargo, el Patrocinador se reserva el derecho de modificar el presente reglamento en cualquier momento y resolver y definir, a su entera discreción, cualquier situación que se presente durante su vigencia y que no se contemple en el mismo.

s)    No aplica en conjunto con otras promociones de COOPEATENAS.

11. USO DE LA INFORMACIÓN CREADA EN LA BASE DE DATOS: Con la presente promoción toda persona pasará a formar parte de la Base de Datos de COOPEATENAS, en la cual quedarán asentadas todas las compras que realicen los clientes. Para efectos de mercadeo el cliente acepta que la información ahí consignada pueda ser empleada para el envío de ofertas y promociones, así como otros productos y servicios sean propios o de sus socios comerciales de COOPEATENAS.

El usuario con el sólo hecho de registrarse acepta y autoriza que su información personal, podrá ser compartida con los socios comerciales de COOPEATENAS y/o cuando así lo solicite una autoridad judicial, siempre manteniendo y velando COOPEATENAS por el principio de Confidencialidad en la administración de su base de datos. COOPEATENAS mantendrá y administrará una base de datos de carácter personal cuyo fin principal es poder utilizarla como herramienta en los planes promocionales que realiza la compañía a nivel interno y conjuntamente con sus socios comerciales. Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, los eventuales ganadores autorizan, a COOPEATENAS desde el momento en que facilite los datos para participar en la promoción, para que su nombre y datos personales aparezcan en cualquier momento y sin restricción alguna en todo tipo de publicaciones, redes sociales o pautas informativas o publicitarias de televisión y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación. Cualquier duda sobre el manejo de la misma podrá ser consultada al correo electrónico contactocliente@coopeatenas.com.

Si un cliente no está de acuerdo en que su nombre aparezca en la base de datos y que la misma pueda ser empleada con efectos discrecionales entonces deberá renunciar a la promoción.

  1. Cualquier duda o consulta sobre los alcances e interpretación del presente Reglamento, podrá evacuarse mediante consulta enviada al correo electrónico: mmarin@coopeatenas.com. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este Reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.

Una vez concluido el período promocional, cesarán automáticamente los efectos, tanto de la promoción como del presente reglamento.

*Aplican restricciones.

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